24 de noviembre de 2024
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Nuevos cursos de Formación en Pádel

Las nuevas titulaciones incorporan aspectos formales que les otorgan un carácter de «TÍTULO ACADÉMICO«, con valor académico y profesional a diferencia de las actuales, que son diplomas federativos. Los títulos académicos, los expide el Estado Español a través de las diferentes autonomías, e incorporan unas considerables ventajas: se puede opositar, optar a estudios superiores, recibir becas, son válidos en el extranjero, permiten la formación y movilidad de otros profesionales y facilitan la pasarela con otras enseñanzas así como abrir a nuestros entrenadores y monitores un complemento de formación con otros títulos de enseñanza deportiva.

Una vez implantadas las nuevas titulaciones mediante la publicación del Real Decreto que establezca los títulos de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en Pádel, será exigible en muchos casos, y de obligado cumplimiento, cuando se realice una función profesional que dependa de un ente público o privado, por ejemplo: impartir clases de pádel. 

Por otro lado, las diferentes autonomías están desarrollando un marco de Regulación de las Profesiones del Deporte. En Cataluña ya está en vigor su Ley desde 2009. En las autonomías que se implante esta ley, no se podrán ejercer determinadas profesiones como monitor o entrenador sin poseer la titulación correspondiente, situación en la que se encuentra la actividad profesional de impartir clases de pádel. Esta ley pretende luchar contra el intrusismo y defender la salud de los usuarios/clientes y regular la profesión. Es muy posible que en pocos años sea una realidad en cada una de las autonomías.
Orden ECD/581/2011, de 7 de marzo por la que se modifica la Orden ECD/3186/2010, de 7 de diciembre, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de la formación en materia deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Resolución de 26 de octubre de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el plan formativo de la modalidad deportiva de pádel.
 
Las actividades a las que se refiere la presente Orden tendrán como finalidad la formación entrenamiento del pádel o, en su caso, especialidad deportiva, reconocida por el Consejo Superior de Deportes según lo dispuesto en el artículo 8, b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

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