Este pasado sábado 9 de mayo volvía a publicarse el Boletín Oficial del Estado con las modificaciones pertinentes en cuanto a las diferentes actividades que la población podemos realizar en cada una de las Fases de la Desescalada.
En el tema que más nos afecta y que rige la Orden SND/399/2020, se han regulado las Disposiciones Generales para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En concreto, en lo que al deporte se refiere, en el Capítulo XII se especifican las condiciones en las que los deportistas profesionales, de Alto Nivel, de Alto Rendimiento, de interés nacional y deportistas federados pueden realizar su actividad deportiva durante esta fase. Así, entre otros aspectos, se disponen las condiciones para la reapertura de los Centros de Alto Rendimiento, de las instalaciones deportivas al aire libre, de los centros deportivos para la práctica deportiva individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales.
Tal y como explica el B.O.E., »tendrán la consideración de Centro de Alto Rendimiento los Centros de Alto Rendimiento (CAR), los Centros Especializados de Alto Rendimiento (CEAR), los Centros de Tecnificación Deportiva (CTD), y los Centros Especializados de Tecnificación Deportiva (CETD), integrados en la Red de Tecnificación Deportiva con programas deportivos aprobados por el Consejo Superior de Deportes o autorizados por los órganos competentes de las comunidades autónomas.
2. Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador en el caso de que resulte necesario, circunstancia que deberá acreditarse debidamente, con excepción de las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante.
3. Los deportistas y entrenadores a los que se refiere este artículo, podrán acceder al Centro de entrenamiento (CAR, CEAR, CTD, o CETD) más cercano a su residencia dentro del territorio de su provincia. Si no hubiera Centro de Entrenamiento en su provincia, podrán acceder a otro de su comunidad autónoma, y si tampoco lo hubiera, podrán acceder al que esté situado en una comunidad autónoma limítrofe, aunque el programa deportivo al que pertenezca esté adscrito a otro Centro. Será preciso, en caso de tener que desplazarse fuera de los límites de su unidad territorial, la emisión de una acreditación por parte de la Federación Deportiva correspondiente o de la entidad titular de la instalación donde vaya a realizar el entrenamiento».
De todo lo estipulado se deduce que, por el momento, el pádel tendrá que esperar, seguir en cuarentena y no tendrá la opción de meterse en una pista para entrenar, solo al aire libre. Sin duda un impedimento mayúsculo teniendo en cuenta que otras disciplinas deportivas como el fútbol sí han empezado sus entrenamientos de manera individual, algo que el pádel también puede hacer (con el entrenador con uno o dos jugadores, uno a cada lado de la red, sin contacto alguno entre ellos y la suficiente distancia). Ojalá toda esta situación cambie lo antes posible y al menos los jugadores puedan retomar sus respectivas preparaciones.
Si quieres leer al completo lo que especifica este texto, aquí te dejamos el enlace y te recordamos que todas las medidas vienen recogidas en el Capítulo XII.
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